Para que tu carta de terminación sea válida, debe enviarse por servicio postal autorizado con al menos 3 meses de antelación. Este documento debe incluir la fecha exacta de entrega, los datos de ambas partes y la manifestación clara de no renovación o rescisión para evitar prórrogas automáticas.
Dominarás la redacción y los tiempos legales de la notificación para finalizar tu contrato de arrendamiento sin riesgos jurídicos.
Una carta de terminación de contrato de arrendamiento es una comunicación escrita que una de las partes involucradas en el acuerdo envía a la otra, con el propósito de notificar la finalización del pacto, inicialmente establecido.
En Ciencuadras te contamos todo lo que debes saber al respecto:

La carta para terminar un contrato de arrendamiento debe incluir la fecha, nombres y documentos del arrendatario y arrendador, los datos del inmueble en cuestión (con dirección y especificaciones), la solicitud explícita de terminación del contrato, motivos por los cuales se finaliza (si hay lugar) y la voluntad de pago de la indemnización, si corresponde. Finalmente, debe estar la firma de quien solicita la terminación.

La Real Academia de la Lengua Española explica que rescindir es dejar sin efecto un contrato, una obligación. En este caso, la rescisión de un contrato de arrendamiento es finalizar o no prorrogar dicho acuerdo.
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La carta de terminación de un contrato de arrendamiento debe incluir la fecha, el nombre del inquilino y el arrendador, los datos del inmueble en cuestión (con dirección y especificaciones), la solicitud explícita de terminación del contrato, motivos por los cuales se finaliza (si hay lugar) y la voluntad de pago de la indemnización, si corresponde. Finalmente, firma de quien solicita la terminación.
Esta información se puede ampliar revisando la Ley 820 de 2003, que comprende el régimen de arrendamiento de vivienda urbana.
La carta de terminación de un contrato debe incluir la fecha, el nombre del inquilino y el arrendador, los datos del inmueble en cuestión (con dirección y especificaciones), la solicitud explícita de terminación del contrato y la fecha en la cual se finaliza el acuerdo. Además, los motivos por los cuales se termina el contrato (si hay lugar) y la voluntad de pago de la indemnización, si corresponde. Finalmente, firma de quien solicita la terminación.
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Esta información se puede ampliar revisando la Ley 820 de 2003, que comprende el régimen de arrendamiento de vivienda urbana.

Tres meses antes de la fecha de renovación del contrato, debes enviar una carta al arrendatario, utilizando los canales de comunicación establecidos en el contrato o por medio del servicio postal. En la misiva debes asegurarte de dejar muy clara tu intención de no renovación y la fecha en la que se vencería el contrato. Es importante que pidas una confirmación de recibido para tener constancia de la notificación.
Con el propósito de dejar sin efecto un contrato de arrendamiento se debe solicitar la terminación o no renovación del mismo. Para tal fin, el arrendatario o arrendador debe enviar a la otra parte una notificación escrita utilizando los canales de comunicación establecidos en el contrato o por medio del servicio postal.
En la carta, debe quedar explícita y clara la intención de no revocación y la fecha en la que se vencería el contrato.
Para que sea válida, debe incluir: fecha de envío, nombres y documentos de identidad de las partes, dirección detallada del inmueble, la solicitud explícita de terminación, la fecha de entrega y la voluntad de pago de indemnización si aplica. No olvides que debe ir firmada por quien solicita la finalización.
Debes enviar la carta con una antelación no menor a tres (3) meses de la fecha de vencimiento o renovación. Es vital utilizar el servicio postal autorizado o los canales pactados en el contrato original y solicitar siempre una confirmación de recibido para evitar líos legales.
El inquilino puede hacerlo si el arrendador suspende servicios públicos de forma premeditada o si incurre en conductas que afecten gravemente el disfrute del inmueble (comprobadas ante autoridad). También puede hacerlo al vencimiento del término inicial avisando con 3 meses de antelación sin pagar indemnización.
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