Una carta de terminación de contrato de arrendamiento es una comunicación escrita que una de las partes involucradas en el acuerdo envía a la otra, con el propósito de notificar la finalización del pacto, inicialmente establecido.
La carta para terminar un contrato de arrendamiento debe incluir la fecha, nombres y documentos del arrendatario y arrendador, los datos del inmueble en cuestión (con dirección y especificaciones), la solicitud explícita de terminación del contrato, motivos por los cuales se finaliza (si hay lugar) y la voluntad de pago de la indemnización, si corresponde. Finalmente, debe estar la firma de quien solicita la terminación.
La Real Academia de la Lengua Española explica que rescindir es dejar sin efecto un contrato, una obligación. En este caso, la rescisión de un contrato de arrendamiento es finalizar o no prorrogar dicho acuerdo.
La carta de terminación de un contrato de arrendamiento debe incluir la fecha, el nombre del inquilino y el arrendador, los datos del inmueble en cuestión (con dirección y especificaciones), la solicitud explícita de terminación del contrato, motivos por los cuales se finaliza (si hay lugar) y la voluntad de pago de la indemnización, si corresponde. Finalmente, firma de quien solicita la terminación.
Esta información se puede ampliar revisando la Ley 820 de 2003, que comprende el régimen de arrendamiento de vivienda urbana.
¿Qué debe decir una carta de terminación de contrato?
La carta de terminación de un contrato debe incluir la fecha, el nombre del inquilino y el arrendador, los datos del inmueble en cuestión (con dirección y especificaciones), la solicitud explícita de terminación del contrato y la fecha en la cual se finaliza el acuerdo. Además, los motivos por los cuales se termina el contrato (si hay lugar) y la voluntad de pago de la indemnización, si corresponde. Finalmente, firma de quien solicita la terminación.
Esta información se puede ampliar revisando la Ley 820 de 2003, que comprende el régimen de arrendamiento de vivienda urbana.
Tres meses antes de la fecha de renovación del contrato, debes enviar una carta al arrendatario, utilizando los canales de comunicación establecidos en el contrato o por medio del servicio postal. En la misiva debes asegurarte de dejar muy clara tu intención de no renovación y la fecha en la que se vencería el contrato. Es importante que pidas una confirmación de recibido para tener constancia de la notificación.
Con el propósito de dejar sin efecto un contrato de arrendamiento se debe solicitar la terminación o no renovación del mismo. Para tal fin, el arrendatario o arrendador debe enviar a la otra parte una notificación escrita utilizando los canales de comunicación establecidos en el contrato o por medio del servicio postal.
En la carta, debe quedar explícita y clara la intención de no revocación y la fecha en la que se vencería el contrato.
La normatividad colombiana establece que las partes, en cualquier tiempo, y de común acuerdo pueden dar por terminado el contrato de vivienda urbana.
Por su cuenta, el arrendatario puede pedir unilateralmente la terminación del contrato cuando ocurran diferentes situaciones, entre otras:
Además, el arrendatario puede dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas, siempre y cuando dé previo aviso escrito al arrendador con una antelación no menor de tres meses a la fecha de vencimiento. En este caso el arrendatario no debe indemnizar al propietario.
Por su parte, algunos de los casos en los que el arrendador puede pedir unilateralmente la terminación del contrato son: la no cancelación por parte del arrendatario de las rentas y de los servicios públicos dentro del término estipulado en el contrato. Así como el subarriendo total o parcial del inmueble, la cesión del contrato o el cambio de destinación del mismo sin autorización del arrendador.
De igual forma, también se puede hacer cuando el propietario o poseedor del inmueble necesite habitarlo, cuando la propiedad se vaya a demoler para efectuar una nueva construcción, entre otras causales.
La Ley 820 de 2003 establece que como arrendatario debes enviar la notificación por medio del servicio postal autorizado al arrendador o a su representante legal, dependiendo el caso podría ser la inmobiliaria, con una antelación no menor a tres meses. Es importante que indiques la fecha de terminación del contrato.
Adicionalmente, debes pagar una indemnización equivalente a tres meses de canon de arrendamiento al arrendador. Cabe aclarar que este pago solo lo tendrás que realizar si tú decides terminar el contrato antes de que la fecha pactada finalice. De lo contrario, solo envías una carta pidiendo que no se renueve automáticamente el contrato.
Una vez hayas realizado todos los trámites anteriores, debes entregar la vivienda en las mismas condiciones que lo recibiste y en la fecha que se acordó en el preaviso.
De acuerdo con la Ley 820 de 2003, cuando se vaya a finalizar un contrato de arrendamiento, se debe notificar a la otra parte a través de los canales de comunicación establecidos inicialmente o por medio del servicio postal autorizado. El aviso debe realizarse con tres meses de antelación o en el tiempo previsto por las partes en el acuerdo y es necesario que se especifique la fecha de la terminación del contrato. De ser el caso, se deberá manifestar en la carta el pago de la indemnización a la que haya lugar.
conveniencia alguno de los términos.
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