Guía Para Arrendar inmuebles

Deberes y derechos del arrendador

El arrendador es quien recibe el pago mensual 💰 por una vivienda que está siendo habitada por terceros; quien da un inmueble en arriendo.  Por su parte, el arrendatario es quien reside en el inmueble, la persona que toma en arrendamiento la propiedad. Es decir, el inquilino, que a cambio del pago de una mensualidad, tiene derecho a gozar de la propiedad.

Con esta claridad, entremos en materia. En este artículo conocerás cuáles son las obligaciones de los arrendadores en Colombia, según la Ley 820 de 2003. Esta normatividad, en su artículo 8, capítulo III, contempla que el arrendador debe:

Asegurar el buen estado de la vivienda

La normatividad exige que el arrendador entregue al arrendatario el inmueble en buen estado de servicio, seguridad y sanidad. De igual manera, le debe suministrar y mantener en excelentes condiciones los servicios, cosas o aspectos adicionales que hayan sido convenidos. 👌🏽

Si se trata de una vivienda compartida, el arrendador también debe mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento, seguridad y sanidad las zonas o servicios comunes. Adicionalmente, debe realizar las reparaciones y sustituciones necesarias, cuando no se presenten por responsabilidad de los inquilinos.

🔗 Deberes y derechos de los arrendatarios

Entregar copia del contrato

Cuando el contrato de arrendamiento conste por escrito, el arrendador deberá suministrar tanto al arrendatario como al codeudor 👥, cuando sea el caso, copia del mismo con firmas originales. Esta obligación deberá ser satisfecha en el plazo máximo de diez (10) días 🗓️ contados a partir de la fecha de celebración del contrato.

Cuando se trate de viviendas sometidas a régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá entregar al arrendatario una copia de la parte normativa del mismo. En el caso de vivienda compartida, el arrendador tiene además, la obligación de mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento, de seguridad 🔦 y de sanidad las zonas o servicios de uso común y de efectuar por su cuenta las reparaciones y sustituciones necesarias, cuando no sean atribuibles a los arrendatarios, y de garantizar el mantenimiento del orden interno de la vivienda.

Informar facturación del canon de arrendamiento

¿Cuál será el canal de comunicación? En el contrato de arrendamiento, el arrendador debe indicar la dirección física, correo electrónico o número de teléfono en donde recibirá las notificaciones relacionadas directa o indirectamente con el contrato.📲

Asimismo, el arrendador o la persona autorizada para recibir el pago del arrendamiento debe realizar un comprobante de pago en el que conste la fecha, la cuantía y el período al cual corresponde el pago. Cuentas claras, chocolate espeso… 😉

Exigir el pago de servicios públicos

Por su parte, el artículo 15 de la misma ley explica el procedimiento a seguir para evitar el incumplimiento en el pago de los servicios públicos por parte de los arrendatarios. Decreta que al momento de la celebración del contrato, el arrendador puede exigir al arrendatario la prestación de garantías o fianzas con el fin de garantizar ese pago.

El arrendador también tiene el derecho de dar por terminado el contrato, si el arrendatario no cumple con esta obligación dentro de un plazo de quince (15) días hábiles 🗓️ contados a partir de la fecha de celebración del contrato.

Reajustar el canon de arrendamiento (opcional)

El capítulo VI, artículo 20 señala que el arrendador tiene derecho a reajustar el valor del canon cada doce (12) meses de ejecución del contrato bajo un mismo precio.

El aumento no puede ser superior al ciento por ciento (100%) del incremento que haya tenido el índice de precios al consumidor en el año anterior, y tampoco puede exceder el 1% del valor comercial del inmueble. Además, el arrendador que opte por aumentar 📈 el canon de arrendamiento, deberá informarle al arrendatario el monto del incremento y la fecha en que se hará efectivo.

No lo olvides, 👀 este reajuste es opcional y el arrendador que decida hacerlo, debe informar al arrendatario el monto del incremento y la fecha en que se hará efectivo, a través del canal de comunicación establecido. 

Bonus… ¿El arrendador puede pedir depósitos?

No. El capítulo IV, en el artículo 16 prohíbe que el arrendador exija al arrendatario dinero en efectivo o cualquier otro método de pago para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato.

También puedes leer: Depósitos de arrendamiento: ¿son legales?

Ahora que ya conoces las generalidades, te invitamos a consultar la ley 820 del 10 de julio de 2003 en su totalidad. Recuerda que siempre es importante que entre propietarios e inquilinos tengan una comunicación fluida y asertiva para asegurar el buen desarrollo del contrato de arrendamiento. Ah, y no olvides que Ciencuadras, cuadra todo. 💙

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