Este es el aumento del arriendo de vivienda en 2021

Año nuevo, presupuesto nuevo. 1,61% es el aumento del arriendo de vivienda en 2021. Un dato relevante para cerca del 44% de familias colombianas que habitan en viviendas arrendadas y que dentro de sus cuentas deben empezar a incluir este incremento. 

El aumento se basa en la inflación causada en el año anterior, de acuerdo con lo indicado en el artículo 20 de la ley 820 de 2003.

En palabras sencillas, al valor que pagas o cobras actualmente por arriendo de vivienda se le debe sumar el 1,61%, luego de 12 meses de iniciado el contrato o de la fecha del último incremento.  

Por ejemplo, si el valor es de 1.500.000, el nuevo canon de arriendo será de 1.524.150. Ya que el 1,61% de dicho valor es 24.150. 

Un tip: para calcular el aumento de tu arriendo de vivienda en 2021 aprovecha la herramienta de calculadora de Google. Solo debes escribir 1,61% de (inserta aquí tu valor) y listo, el resultado lo sumas al valor actual. Así es tu incremento: $1.500.000 + $24.150 = $1.524.150. 

Imagen tomada de Google

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Puntos claves sobre cómo aplicar el aumento del arriendo de vivienda en 2021

  • El aumento del canon de arriendo de vivienda en 2021 solo aplica en el momento de la renovación del contrato. Es decir, lo que cobras o pagas de arriendo no va a subir inmediatamente en enero del 2021, sino que se incrementa cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado, o después de 1 año de la fecha del último incremento.

Otro ejemplo, si firmaste un contrato de arrendamiento en agosto de 2020, el 1.61% de aumento aplica en agosto de 2021, si renuevas el contrato y el arrendador lo comunica por escrito. 

  • El arrendador es libre de aplicar el aumento o no.
  • El arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones si el incremento está por encima de lo establecido para este año 2021.
  • El canon resultante del aumento no debe superar el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte que se encuentre arrendada, tal y como se establece en el artículo 20 de la Ley 820 de 2003.
  • Tenga en cuenta que, en cuanto al costo de la administración, si vive en propiedad horizontal, se ajusta conforme a lo que decida la asamblea de copropietarios.

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En Ciencuadras, recomendamos realizar el proceso de arrendamiento con la asesoría de una inmobiliaria. Así el arrendador y el arrendatario pueden estar tranquilos y hacer respetar sus derechos y deberes

Ah, y recuerda que Ciencuadras, cuadra todo. 💙