Guía Para Comprar vivienda

Cómo utilizar las cesantías para vivienda

Sabemos que llega un momento en el que tomar la decisión de comprar vivienda depende de tus ahorros y recursos adicionales para lograrlo. Una de estas opciones es, sin duda, las cesantías. Este es el ahorro con el que cuentan los empleados formales en Colombia y el cuál es abonado una vez al año por el empleador.

¿Qué son las cesantías?

Se trata de un ahorro establecido por ley como un aporte prestacional social, que es abonado anualmente por las empresas, tanto públicas como privadas, y este ahorro es un salario equivalente a un mes por cada año trabajado por el empleado con contrato ocasional o transitorio, obra labor, término fijo o indefinido. No aplican para pago de cesantías los contratos de aprendizaje o por prestación de servicios

Este ahorro se puede destinar a ciertas circunstancias mientras el contrato del empleado esté vigente. Una vez el trabajador termina su contrato puede pedir este ahorro como un apoyo al momento de desempleo, sin tener que radicar más documentación que la carta de terminación de contrato. Para quien decide utilizar este ahorro mientras aún está contratado, puede destinarlo a ciertas áreas (decreto 1072 de 2015).

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¿En qué puedes invertirlas?

Se puede destinar este ahorro para:

  • Compra, remodelación o pago de impuestos de tu vivienda.
  • Para educación superior del empleado, su cónyuge o sus hijos. Aplica para estudios primarios si el trabajador es un funcionario público.
  • Y en caso de desempleo.

Puedes realizar el retiro parcial o total dependiendo el caso. Los retiros parciales se realizan cuando se realiza una inversión en educación o para vivienda. Los retiros totales se realizan cuando se ha terminado el contrato laboral, se realizará la prestación del servicio militar, se cambia el salario a integral, sustitución patronal o fallecimiento del empleado afiliado.

Compra de Terreno o lote: Tienes la opción de usar tus cesantías para adquirir una parcela o terreno donde posteriormente podrías edificar tu casa propia.

¿Cuál es el procedimiento para comprar vivienda con tus cesantías?

Este procedimiento depende mucho del lugar donde tengas este ahorro, según la entidad cambian los requerimientos o métodos para solicitar el retiro e invertir tus cesantías.

En términos generales, lo que necesitas saber para realizar la inversión en compra de vivienda es:

  • Documento de identificación y fotocopia ampliada al 150%.
  • Carta original con membrete de la empresa, en donde esté la firma, el nombre y el cargo de la persona que autoriza, por parte de la empresa, el retiro parcial de las cesantías. En esta se debe confirmar que la empresa verificará que el ahorro se invertirá en la compra, mejora o liberación de la propiedad o inmueble. Es decir, se destinará para el pago del impuesto predial o del crédito hipotecario para vivienda del afiliado.

Este documento debe tener:

  • Nombres completos y número de identificación del empleado.
  • Valor autorizado.
  • Nombres e identificación del beneficiario (puede ser un tercero o el empleado mismo).

Es importante que tu empresa cumpla con obligación de verificar que la inversión del ahorro se lleve a cabo, cuando el concepto de retiro sea para adquisición de vivienda o reparación locativa.

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Invierte en tu vivienda ideal

Verifica con la institución donde tienes este ahorro, todos los requisitos que exige para poder retirarlas con este fin. En caso del Fondo Nacional del Ahorro puedes consultarlos AQUÍ. También te compartimos toda la información legal que rige a las cesantías en caso de que quieras profundizar más sobre el tema (ley 1429 de 2010). 

Ahora que ya conoces el cómo realizar este proceso, comienza por confirmar que tus cesantías hacen parte de tu presupuesto y encuentra el proyecto ideal para que hagas esta importante inversión. Ciencuadras puede ser tu aliado más importante para realizar esta búsqueda.

Otra recomendación importante para comprar tu casa, es revisar que el Gobierno Nacional ofrece varios subsidios de vivienda según tus condiciones. Y recuerda que con Ciencuadras, cuadra todo.

Preguntas frecuentes

Las cesantías son un ahorro establecido por ley como una prestación social, equivalente a un mes de salario por cada año trabajado. Tienen derecho a ellas los empleados formales con contratos de término fijo, indefinido, obra o labor, y ocasionales o transitorios. Se excluyen los contratos de aprendizaje o por prestación de servicios.

Bajo el Decreto 1072 de 2015, mientras el contrato esté vigente, el empleado puede destinar este ahorro para la compra de vivienda nueva o usada, remodelación o mejoras locativas, compra de un terreno o lote para edificar, y para el pago del impuesto predial o la liberación de gravámenes hipotecarios.

Los requisitos principales constan del documento de identidad original junto a una fotocopia ampliada al 150%, y la carta original con membrete de la empresa que incluya la firma, nombre y cargo del autorizador. Este documento debe certificar los datos del empleado, el valor exacto autorizado y el beneficiario del desembolso.

De acuerdo con la normatividad vigente, la empresa tiene la obligación estricta de verificar que el ahorro realmente se invierta en el concepto autorizado, ya sea para adquisición de vivienda, compra de lote o reparación locativa, asegurando que los recursos cumplan con los fines prestacionales dictados por la ley.

Los retiros parciales se tramitan durante la vigencia del contrato de trabajo y aplican únicamente para inversiones en vivienda o educación superior. Los retiros totales se ejecutan cuando ocurre la terminación definitiva del vínculo laboral (como apoyo al desempleo), sustitución patronal, fallecimiento del afiliado, paso a salario integral o prestación del servicio militar.

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