El administrador de edificios es el representante legal y tesorero de una propiedad horizontal, encargado de ejecutar el presupuesto, cuidar los bienes comunes y velar por la convivencia de la copropiedad bajo los lineamientos de la Ley 675 de 2001. Su rol es fundamental porque dinamiza las decisiones de la asamblea de propietarios, gestiona la seguridad y el recaudo de cuotas, asegurando la valorización del patrimonio y el buen funcionamiento del conjunto.
Aprenderás a reconocer las responsabilidades legales, operativas y financieras del administrador para participar activamente en el cuidado y la convivencia de tu copropiedad.
Si te acabas de mudar a un conjunto residencial o tienes pensando hacerlo el próximo año, es importante que tengas presente que hay una asamblea de propietarios y un administrador de edificios. En Ciencuadras, te contamos qué hace esa persona que administra una copropiedad y por qué es tan importante que conozcas sus funciones.
Un administrador de edificios o de propiedad horizontal es el representante legal y tesorero del conjunto residencial. Esta persona hace uso de los bienes, de los recursos logísticos de la copropiedad y está a cargo del personal laboral.
De acuerdo con la Notaría 19 de Bogotá, quien tenga la figura de administrador de edificios, debe ajustarse al presupuesto, a las disposiciones del reglamento y debe velar por el buen funcionamiento de la propiedad horizontal.
Según la Ley 675 de 2001, estas son algunas de las funciones de un administrador de propiedad horizontal:
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La Asamblea General de Propietarios es la máxima autoridad del edificio sujeto a propiedad horizontal. Entre otras actividades, el administrador o administradora de edificios desempeña las siguientes funciones en estos encuentros:
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La persona que administra el edificio juega un papel protagónico en el conjunto, así que es oportuno respaldar su labor y acompañarle en sus obligaciones. Ciencuadras, cuadra todo.
El administrador de edificios o de propiedad horizontal actúa como el representante legal y tesorero del conjunto residencial. Es la persona encargada de gestionar el uso de los bienes comunes, administrar los recursos logísticos y financieros, y coordinar al personal laboral de la copropiedad, rigiéndose bajo la Ley 675 de 2001.
De acuerdo con la Ley 675 de 2001, sus funciones clave incluyen convocar a las reuniones de la asamblea, llevar la contabilidad y los libros de actas oficiales, cuidar y vigilar los bienes comunes, cobrar las cuotas ordinarias, extraordinarias o multas, y hacer efectivas las sanciones internas por incumplimiento del reglamento.
En los encuentros de la Asamblea General, el administrador debe someter a aprobación el inventario y balance general de las cuentas del año anterior. Asimismo, tiene la responsabilidad de exponer el presupuesto detallado de gastos e ingresos proyectados para el nuevo ejercicio anual y proponer las reformas normativas necesarias.
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