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Gobierno Nacional amplía beneficios para pago de servicios públicos 

Estar en casa ha causado que el consumo y, por ende, el costo de los servicios públicos suban. ? Los recibos llegan y el valor de mantener encendidos casi todo el día el computador, el televisor, la carga de batería en equipos tecnológicos es alto. A eso se le suma, ? el agua con el frecuente lavado de manos, de platos en la cocina, el aseo de la casa; también el gas sube al cocinar más. ?  

Esta es una realidad en todos los hogares colombianos. Sin importar el estrato, el valor para el pago de servicios públicos se está incrementando y, al mismo tiempo, la economía no va muy bien.

Con el objetivo de mitigar este impacto, el Gobierno Nacional ha ampliado los beneficios para el pago de servicios públicos, en especial el relacionado con el agua potable y el saneamiento básico. Las medidas se encuentran en el Decreto 819, el cual menciona alivios económicos. ? 

Medidas del gobierno para pago de servicios públicos

El Ministerio de Vivienda indicó que el beneficio del pago diferido de los servicios públicos inicialmente aplicaba hasta mayo. Sin embargo, teniendo en cuenta la situación económica de las familias colombianas, se amplió hasta el 31 de julio de 2020.  ? 

Es decir, las familias de los estratos 1 y 2 tienen la posibilidad de diferir hasta en 36 meses sus facturas de acueducto, alcantarillado y aseo con una tasa de interés del 0%, medida que aplica hasta el 31 de julio. De acuerdo con el artículo 2, del título II del Decreto 819, que habla sobre el financiamiento de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo. ? 

Artículo 2. Extensión del pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo. Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo podrán diferir por un plazo de treinta y seis (36) meses el cobro de las facturas, por concepto de cargos fijos y consumo, a los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2, emitidas a partir de la expedición del Decreto Legislativo 528 de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020, sin que pueda trasladar al usuario final ningún interés o costo financiero por el diferido del cobro”.

Estratos 3 y 4, y usuarios comerciales e industriales también se benefician

agua servicios públicos

El artículo 4, del mencionado decreto especifica que los hogares de estratos 3 y 4, y los usuarios comerciales e industriales, que por la situación actual no pueden pagar oportunamente sus recibos de servicios públicos, también tienen beneficio. Un plazo de hasta 24 meses, con interés del 0% para diferir el pago. 

Artículo 4. Pago diferido de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo para los usuarios de los estratos 3 y 4, y de Dos usos industrial y comercial. Las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo, podrán diferir por un plazo de veinticuatro (24) meses el cobro de las facturas, que incluyen el cargo fijo y el consumo no subsidiado a usuarios residenciales de estratos 3 y 4, y de los usos industrial y comercial, emitidas a partir de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica contenida en el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020”.

Ahora bien, el Ministerio de Vivienda ha sido enfático en que las familias que puedan seguir pagando, dentro de las fechas oportunas, no dejen de hacerlo.

Acueductos rurales y comunitarios se incluyen en la medida

El Decreto 819 también menciona un subsidio para beneficio de los acueductos rurales y las familias que habitan en el campo. Este en específico, aplica hasta el 31 de diciembre de 2020. De esta forma, se busca garantizar la operación y generar un alivio para el pago del servicio de agua en las comunidades más vulnerables.

“Por primera vez en la historia de Colombia tendremos subsidios directos a los acueductos rurales y comunitarios. Este alivio será de $12.400 mensuales por usuario y aplicará hasta diciembre”, explicó el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón, durante el especial de televisión ‘Prevención y Acción’, moderado por el Presidente Iván Duque. 

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¿En qué consiste este subsidio?

“Es un apoyo económico del Gobierno Nacional para el pago de las facturas de agua de las familias que viven en el campo y son atendidas por un prestador de acueducto u organización autorizada. Este subsidio cubre hasta $12.400 pesos mensuales por suscriptor o vivienda conectada. El valor descontado se verá reflejado directamente en la factura, debido a que el subsidio directo llegará al operador rural”, indica el Ministerio de Vivienda, en su portal web. 

¿Cómo es el proceso?

El prestador del servicio de acueducto debe radicar la solicitud del subsidio rural ante el Ministerio de Vivienda, con los documentos requeridos. En un plazo máximo de 15 días hábiles se estudia la solicitud para su aprobación. Luego, el descuento se verá reflejado sobre las facturas que se entregan en el mes de julio. 

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En definitiva, durante este tiempo de quedarse en casa, se ha producido un alto consumo en los servicios públicos, lo que ha incrementado el cobro en las facturaciones. Gracias a las medidas del Gobierno las familias colombianas podrán ver un alivio en sus recibos. Y recuerda, en Ciencuadras te contamos estas buenas noticias porque queremos que tengas espacios que llenan tu vida.?

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