Es un inmueble destinado a una actividad comercial. Específicamente, el artículo 515 del Código de Comercio advierte que se entiende por establecimiento de comercio un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa.
Esta norma señala que una misma persona puede tener varios locales de comercio y que a su vez, un solo establecimiento puede pertenecer a diferentes personas y usarse para desarrollar varias actividades comerciales.
Es un documento escrito, que contiene el acuerdo entre el propietario de un local comercial y la persona que va a utilizar ese inmueble. Este convenio de arriendo se realiza por un periodo de tiempo, dentro del cual, el inquilino se compromete a pagar al arrendador o propietario un canon mensual.
Según afirma la Cámara de Comercio de Cali, entre otros, el contrato debe tener:
La Notaría 19 de Bogotá explica que para que un contrato de arrendamiento de un local comercial tenga validez, se deben autenticar dos ejemplares del mismo con todas las firmas y huellas de las partes en el acuerdo. Otros requisitos son:
Es el acuerdo por medio del cual el propietario de un local entrega el uso temporal del establecimiento de comercio a un tercero, a cambio de un valor. Este convenio de arriendo se realiza por un periodo de tiempo, en el que el inquilino se compromete a pagar al arrendador o propietario un canon mensual.
¿Qué debe tener un contrato de arrendamiento comercial?
Tal como explica la Cámara de Comercio de Cali, el contrato debe tener por lo menos, los siguientes requisitos:
Según afirma la Cámara de Comercio de Cali, entre otros, el contrato debe tener:
El contrato debe inscribirse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde funciona el establecimiento de comercio. Además, este acuerdo puede constar en escritura pública o en documento privado.
El contrato de arrendamiento de un local comercial se puede terminar por la expiración del acuerdo pactado (en caso de que no haya renovación) o antes de que finalice el plazo, si existe una causa legal o justa para hacerlo.
Por otra parte, el artículo 518 del Código de Comercio establece que la persona que haya ocupado no menos de dos años consecutivos un inmueble, tiene derecho a la renovación del contrato al vencimiento del mismo, salvo en algunas excepciones.
El tiempo es el pactado inicialmente por las partes en el contrato de arrendamiento, sin embargo, el artículo 518 del Código de Comercio establece que la persona que haya ocupado no menos de dos años consecutivos un inmueble, tiene derecho a la renovación del contrato al vencimiento del mismo, salvo en los siguientes casos:
1) Cuando el arrendatario haya incumplido el contrato.
2) Cuando el propietario necesite los inmuebles para su propia habitación o para un establecimiento suyo destinado a una empresa sustancialmente distinta de la que tenga el arrendatario.
3) Cuando el inmueble deba ser reconstruido o reparado con obras necesarias que no puedan ejecutarse sin la entrega o desocupación, o demolido por su estado de ruina o para la construcción de una obra nueva.
Es importante que identifiques si el local comercial es propicio para impulsar el tipo de negocio que tienes. Además, debes tener claridad sobre todas las condiciones de arrendamiento previstas en el contrato, tales como: la duración del mismo, cláusulas especiales, cesión, subarriendo, indemnizaciones, etc.
Se debe tener en cuenta el tipo de reparación que se necesita hacer al inmueble, es decir si son: indispensables o necesarias, locativas o útiles. Minjusticia explica que una vez se ha definido el tipo de mejora, se podrá establecer a quién le corresponde el pago de la misma.
No obstante, ten presente lo estipulado o pactado en el contrato de arrendamiento, ya que allí se puede establecer de común acuerdo a quién le corresponde la reparación sin importar el tipo.
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