Un contrato de arrendamiento es un acuerdo de tipo legal que se realiza para establecer las condiciones de uso y costo de un inmueble. Además, se registran los datos de la propiedad, del arrendador (dueño) y del arrendatario (inquilino).
La Ley 820 de 2003 de Colombia explica que un contrato de arrendamiento de vivienda urbana es aquel por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de un inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente, y la otra a pagar un precio determinado por el uso de esa propiedad.
El acuerdo de arrendamiento expone las responsabilidades y derechos de cada una de las partes. Así como también las cláusulas del contrato, que permiten tener claridad sobre qué se hace en caso de incumplimiento del mismo. Si durante la relación entre el arrendador y el arrendatario se presentan problemas, el contrato de arrendamiento es el soporte o evidencia de los acuerdos pactados.
Un contrato de arrendamiento debe incluir información básica, como el lugar y la fecha en la que se realiza el acuerdo. Además, se deben identificar las partes, exponiendo su nombre completo, cédula de ciudadanía y calidad en la que actúan (arrendador- arrendatario).
Así mismo, es necesario incorporar las cláusulas del pacto, entre otras: identificar el inmueble objeto del contrato, establecer la destinación de la propiedad, la duración del acuerdo, el canon a pagar, todo lo relacionado incremento del arriendo, servicios públicos, reparaciones y mejoras, prohibición o autorización para subarrendar y/o ceder el contrato y renovación o prórroga del mismo.
Las características principales que debe incluir un contrato de arrendamiento son:
Información básica, como el lugar y la fecha en la que se realiza el contrato. Además, se deben identificar las partes, exponiendo su nombre completo, cédula de ciudadanía y calidad en la que actúan (arrendador- arrendatario).
La Ley 820 de 2003 indica que, entre otras, las obligaciones del arrendador son:
En el caso de vivienda compartida, el arrendador tiene la obligación de mantener en adecuadas condiciones de funcionamiento, de seguridad y de sanidad las zonas o servicios de uso común. De la misma forma, debe garantizar el mantenimiento del orden interno de la vivienda y efectuar por su cuenta las reparaciones y sustituciones necesarias, cuando no sean atribuibles a los arrendatarios.
Entre otras, las obligaciones del arrendatario establecidas en la normatividad colombiana son:
En caso de vivienda compartida y de pensión, el arrendatario está obligado además a cuidar las zonas y servicios de uso común y a efectuar por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias, cuando sean atribuibles a su propia culpa o a la de sus dependientes.
Las características principales que debe incluir un contrato de arrendamiento son:
Información básica, como el lugar y la fecha en la que se realiza el contrato. Además, se deben identificar las partes, exponiendo su nombre completo, cédula de ciudadanía y calidad en la que actúan (arrendador- arrendatario).
Cláusulas del contrato de arrendamiento.
Existen dos tipos de contratos que tienen validez ante la ley colombiana, el verbal y el escrito. El contrato verbal se refiere a un acuerdo únicamente oral sobre las condiciones de habitación temporal de una propiedad. La desventaja es que con este tipo de contrato cualquiera de las partes puede olvidar o cambiar a su conveniencia alguno de los términos.
Por su parte, el contrato escrito expresa en un documento cada una de las cláusulas a seguir durante la relación arrendador – arrendatario. Este pacto debe ser claro y quedar firmado por ambas partes.
La falta de un documento físico no significa que no exista un contrato de arrendamiento, en este caso el acuerdo se realizó de forma oral. Es decir, antes de la entrega del inmueble las partes hicieron un acuerdo verbal sobre las condiciones de habitación temporal de la propiedad.
La desventaja es que con este tipo de contrato cualquiera de las partes puede olvidar o cambiar a su conveniencia alguno de los términos.
Para hacer válido un contrato de arrendamiento se debe acudir a la normatividad vigente en cada país, en el caso colombiano las disposiciones se encuentran en la Ley 820 de 2003.
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