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Incremento en el precio de avalúos catastrales en 2023

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El avalúo catastral en Colombia para 2023 registra un incremento del 4,31 % en predios urbanos (basado en el IVP del DANE) y del 3 % en predios rurales. Este ajuste técnico determina el valor oficial de tu inmueble y sirve como la base gravable para calcular el impuesto predial del año. Su aplicación es nacional, exceptuando a Bogotá y otras ciudades con catastros descentralizados.

Lo que aprenderás en este artículo

Planifica tus finanzas del hogar entendiendo los nuevos valores de tu propiedad y cómo impactan el pago de tus impuestos de manera clara.

  1. Porcentajes Oficiales: Conoce los incrementos exactos definidos por el CONPES para predios urbanos y rurales.
  2. Definición Clave: Qué es el avalúo catastral y por qué no puede ser inferior al 60 % de su valor comercial.
  3. Impacto en Impuestos: De qué forma influye este ajuste en el cálculo final del impuesto predial de tu inmueble.
  4. Límites Legalmente Permitidos: Cuáles son los topes fijados según la meta de inflación e historia de actualización del predio.
  5. Excepciones Territoriales: Ciudades donde aplica una regulación diferente, como Bogotá, Medellín y Cali.
⏱️ Tiempo: 4 min
📊 Nivel: Finanzas Inmobiliarias
🏡 Para: Propietarios y Compradores

Con el inicio del nuevo año llegan los incrementos en diferentes materiales, productos y servicios. Además del valor de la gasolina, del transporte público y los tiquetes aéreos, este 2023 también sube el precio de los avalúos catastrales en el país. 

Incremento del 4.3% para predios urbanos y del 3% en rurales 

El Gobierno Nacional, a través del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, anunció el reajuste de 2023 en el precio de los avalúos catastrales del país. Para los predios urbanos, el aumento es del 4.31%, cifra que corresponde al Índice de Valor Predial (IVP) reportado por el DANE. Con relación a los predios rurales, el ajuste es del 3%, equivalente a la meta de inflación estimada por el Banco de la República para el año que comenzamos. 

Con este ajuste en los avalúos, se estima que el incremento en el recaudo del impuesto predial será de 177.823 millones de pesos”. CONPES.

¿Qué es el avalúo catastral?

Para comprender mejor la relación que tiene el incremento en el precio de los avalúos catastrales con la cotidianidad, debemos empezar por saber que el avalúo catastral es un ejercicio técnico que determina el valor de los predios.

Se obtiene mediante la investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario. Además, no puede ser inferior al 60% del valor comercial de la propiedad o superar el valor de esta, según la resolución 0070 de 2011. 

Avalúo catastral e impuesto predial

El Instituto Geográfico Agustín Codazzi  explica que las autoridades tributarias utilizan el avalúo catastral como la base gravable del impuesto predial.  Es decir, teniendo en cuenta el valor correspondiente del avalúo del predio se calcula el monto a cancelar en el impuesto.

Precisamente, la importancia del avalúo, y por consiguiente de su incremento, está en que es la base para el cálculo del impuesto predial. Y recordemos que este tributo representa una de las principales fuentes de ingresos de las entidades territoriales.

Condiciones del incremento de los avalúos

¡Para tener en cuenta! Según la normatividad vigente, el reajuste en los avalúos catastrales no puede ser superior a la meta de inflación del año 2023. Por otro lado, hay que considerar que si los predios no han sido formados, el aumento en el precio de los avalúos puede ser hasta del 130% de dicha meta. Por su parte, a los predios que hayan sido formados o actualizados durante el año no se les aplicará el reajuste.

También puedes leer: ¡Histórico! Canon de arriendo aumenta un 13,12% en 2023

¿Dónde aplica el aumento en el valor de los predios? 

La cobertura de este reajuste incluye todos los municipios, con excepción de Bogotá, los catastros descentralizados de Cali, Medellín, Antioquia, y el catastro delegado de Barranquilla, que calculan un índice de valoración predial diferencial.

Por ejemplo, en la capital del país los avalúos los determina la UAECD (Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital), por medio del censo anual inmobiliario que se realiza en todos los predios. 

Comparativo del incremento en los dos últimos años

En 2022, el incremento del avalúo catastral fue del 3% en predios urbanos y rurales,  formados y no formados con vigencia de 1 de enero de 2021 y anteriores. Este aumento, que inicio el primero de enero de dicho año, se vio reflejado en la liquidación del impuesto predial que cada propietario tuvo que pagar. 

El año 2021 fue igual. El Gobierno Nacional, a través de la cartera de Hacienda, dio a conocer el aumento del 3% en los precios de los avalúos catastrales de los predios urbanos y rurales del país. 🇨🇴En este sentido, la variación para la vigencia 2023 se presenta únicamente en el incremento del 4.3% para predios urbanos, ya que se mantiene el 3% de los años anteriores en los predios rurales. 

También puedes leer: ¿Cómo cierra el 2022 para el sector inmobiliario?

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Preguntas frecuentes

El Gobierno Nacional, mediante el CONPES, definió un reajuste del 4,31% para los predios urbanos (basado en el Índice de Valor Predial del DANE) y del 3% para los predios rurales (acorde a la meta de inflación del Banco de la República).

Es un análisis técnico que determina el valor de un inmueble a partir del mercado inmobiliario. Según la Resolución 0070 de 2011, este valor no puede ser inferior al 60% del valor comercial de la propiedad ni superarlo.

El avalúo catastral sirve como la base gravable para calcular el impuesto predial. Al incrementarse el avalúo, la liquidación del impuesto predial se ajusta en proporción al nuevo valor determinado por las autoridades tributarias.

No. Este incremento nacional no aplica en Bogotá ni en los catastros descentralizados como Cali, Medellín, Antioquia o Barranquilla, ya que estas jurisdicciones calculan su propio índice de valoración predial diferencial.

El reajuste de avalúo no se aplica a los predios que hayan sido formados o actualizados durante el año previo. Para estos inmuebles, rige el valor fijado en su respectivo proceso de formación o actualización.

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