calcula precio en linea desk

Causales para finalizar un contrato de arrendamiento por anticipado

En nuestro país existen varias normas que ayudan a establecer un contrato de arrendamiento. En estas, se dictan ciertas situaciones que pueden dar pie a la terminación unilateral de este contrato. Actualmente en el artículo 22 de la ley 820 de 2003, se establecen 8 causas por las cuales se puede dar por terminado un contrato de arrendamiento, algunas de estas son:

  • No pagar el canon de arrendamiento, esto por parte del arrendatario.
  • No pagar los servicios públicos del inmueble por parte del arrendatario.
  • Subarrendar el inmueble a terceros, realizar una cesión del contrato o cambio en el propósito de uso del inmueble sin autorización del arrendatario.
  • Problemas de convivencia con la comunidad por parte del arrendatario.
  • Realización de mantenimientos, mejoras, cambios o ampliaciones de la vivienda sin autorización del arrendador.

Cabe aclarar que, dentro de cada causa, existe un sin número de posibilidades que hay que entrar a analizar, en caso de que se presenten y apliquen en la terminación del contrato. Así nos lo cuenta la docente, abogada y defensora de derechos humanos, Stephanie Rendón, a quien le consultamos sobre algunas de las preguntas más frecuentes que nos llegan sobre este tema.

También puedes leer: Mujeres en el mercado inmobiliario: historias y desafíos para ser líderes

Situaciones de convivencia para la terminación del contrato

“La terminación unilateral del contrato de arrendamiento por parte del arrendador por causa de un problema o situación de convivencia, es válida solo cuando existe una violación directa por parte del arrendatario o arrendataria a las normas internas que regulan la convivencia de la propiedad horizontal”, explica la abogada Stephanie Rendón. 

Para efecto de que aplique en este caso la terminación, deberá existir una sanción y esta “no la impone la administradora, ni el celador, debe imponerse de manera que se cumpla con el debido proceso, es decir, conforme a la ley 675 del 2001, y lo que diga el reglamento interno de propiedad horizontal”, continua.

En el reglamento interno debe existir cada una de las situaciones o conductas prohibidas y sus respectivas sanciones, así como el mecanismo por el cual se sancionarán estas conductas por parte de la asamblea de copropietarios, el consejo de la administración (en caso de que tengan esa competencia delegada dentro del reglamento), “si no se realiza bajo estas directrices, la sanción es ilegal y no aplica como causal de terminación del actual contrato de arrendamiento” cuenta Stephanie. 

¿Y qué pasa cuando la situación de convivencia puede afectar el bienestar del arrendatario?

Cuando sucede entre vecinos, es decir que una situación impacte el bienestar del arrendatario, la mejor solución es poder terminar el contrato por mutuo acuerdo exponiendo el caso particular, y solicitar la terminación con el arrendador buscando una mejor calidad de vida.

“Por ejemplo, si existe una situación de acoso por parte de un vecino, y mi vida está en riesgo, entonces, además de ir a la fiscalía a denunciar a esa persona e iniciar un proceso judicial penal, se debe hablar con el arrendador y llegar a una terminación por mutuo acuerdo por la situación que se está viviendo y que afecta la calidad de vida del arrendatario o la arrendataria”, comenta Stephanie.  

Guias de barrios Ciencuadras

¿La no comunicación del aumento del canon es un causal de terminación del contrato de arrendamiento?

Según las ocho causas por las cuales se puede terminar un contrato de arrendamiento, no hay ninguna que tenga relación con el aumento del canon. Lo que si hay que tener claro, es que el arrendador no puede aumentar el canon más de lo que establece la ley; es decir lo determinado como IPC del año inmediatamente anterior, y, además, debe comunicar el aumento con un tiempo prudente.

“Dentro de la ley 820 de 2003, que indica que si el arrendador quiere aumentar el canon de arrendamiento debe notificar al arrendatario a través del medio de notificación personal que se especifica en el contrato, no existe un aumento automático del canon con la renovación del contrato de arrendamiento”, explica la abogada. 

Además, hay que tener en cuenta que la comunicación se haga dentro de un tiempo prudente, no de un día para otro; lo ideal es hacerlo con una antelación comprensible a la fecha de renovación del contrato. “Si no se notifica el reajuste del canon con la próxima renovación, no quiere decir que el arrendatario puede desistir o terminar unilateralmente el contrato de arrendamiento, sino que, no existe un aumento como tal del canon para el próximo periodo de renovación, a menos que el arrendador así lo notifique en los meses siguientes a la renovación y con un tiempo razonable”, indica Stephanie.

@srzpresi #abogada #docente #feminista #vivienda #ley820de2003 #ley675de2001 #debidoproceso #terminaciondecontrato ♬ sonido original – Stephanie Rendón Zap

Causales de terminación del contrato de arrendamiento en Colombia

La más frecuente de terminación es la que se realiza por mutuo acuerdo. También, la que procede con el tiempo mínimo de antelación a la renovación de este. Por lo general son tres meses antes de la fecha de renovación, siempre y cuando se cumpla con los demás requisitos legales como lo es la causal especial y la caución de seis meses, como lo indica el numeral octavo del artículo 22 de la ley 820 de 2003.

Un incumplimiento a la obligación de pago puede ser la causa más frecuente de terminación del contrato de arrendamiento; el resto de los casos pueden tener situaciones a analizar; por lo anterior, la causa que, en mi experiencia es más frecuente, es por mora de parte del arrendatario”, cuenta Stephanie. 

También puedes leer: Ventajas de publicar tus inmuebles en arriendo con Ciencuadras

Recuerda que, si necesitas poner en arriendo tu inmueble, en Ciencuadras contamos con planes especiales para que puedas encontrar el arrendatario que necesitas. Así como también, si estás buscando encontrar tu nueva vivienda ideal, ya sea en arriendo o compra, puedes encontrarla.

Contamos con herramientas tales como simuladores de crédito y de gastos notariales por si estas en trámites para compra de vivienda; así como también, podrás ofrecer tu inmueble a la venta

Recuerda que Ciencuadras, cuadra todo.

¿Qué tan útil te pareció este contenido?

¡Hola! Soy el blog de ciencuadras.com, un portal inmobiliario del Grupo Bolívar en el que encuentras casas, apartamentos, oficinas, fincas y más inmuebles en arriendo y venta en toda Colombia. 💙Cuando me visitas, además de descubrir tu inmueble ideal, puedes estar al día con las noticias del sector inmobiliario y de la construcción; aprender tips en decoración y organización de espacios, y mucho más.

Artículos relacionados

44 comentarios

  1. Maria dice:

    Buenas noches
    Dónde y cómo generan póliza para poder retirar un inmueble de una agencia de arrendamiento y que se está
    solicitando por escrito con mas de 90 días antes de finalizar el contrato , ya que al parecer las aseguradoras no están dispuestas ni interesadas en ese tema que dice la ley 820 de 2003 donde aparece que el propietario debe entregar póliza o título valor por un valor equivalente a 6 meses de arriendo para ellos notificar al inquilino la no renovación del contrato o de lo contrario no entregan la propiedad…eso es legal? O qué sería lo correcto? Un derecho de petición? Tampoco?

  2. nini dice:

    Buen dia, tengo un arrendatario que me dice que tiene justa causa para terminar un contratro de arriendo proque el ruido de la calle lo estresa, y que porque en el edificio pusieron un motor en el garaje que hace ruido y no lo deja dormir, dice que tuvo un cuadro de estres y que por eso se va, pero no veo cual es la justa causa para terminar el contrato, el tiene razon?

    • 👋🏽 Hola, Nini. Dentro de las causales contempladas en la Ley 829 de 2003 no se encuentra alguna que relacione o se asemeje a la causal de terminación que menciona tu arrendatario, por lo tanto, si desea entregar el inmueble, deberá pagar lo concerniente a la multa que es de 3 cánones de arrendamiento. ¡Un saludo!

  3. María Londoño dice:

    Buenas noches. Que debo hacer ante una inmobiliaria con la cual tengo un inconveniente. Yo soy la dueña de la propiedad, el contrato de arrendamiento se terminó desde el 10 de junio, pero ellos abandonaron el inmueble y dejaron una cuenta de servicios enorme y los servicios están cortados. La inmobiliaria dice q yo tengo que autorizarlos a ellos para financiar los servicios y que yo los pague y ellos continuar promocionando el inmueble y además que yo no puedo arrendarla por medio de otra inmobiliaria, ni en forma independiente. En una palabra, no me quieren entregar la vivienda. Estoy muy perjudicada con esto, porque necesito arrendarla pronto

  4. Tisbet dice:

    Hola mi nombre es tisbet. Mi problema es que yo estaba por inmobiliaria y durante dos años siempre me quejé del mal estado que estaba la casa , nunca dejé de cancelar mi arriendo ni los servicios, la casa con humedad tuve tres meses sin servicio del gas , la única ventana que estaba en la sala tenía un candado , no tenía ventilación, tuberías tapadas etc. Decidí abandonar la vivienda porque ya me estaba generando problemas de salud. Y nunca me hacían caso cuando yo les escribí por Whatsapp. Esto es un causal para terminar el contrato. No me quieren recibir la llave de la casa. Gracias quedó atenta

  5. Andres Camilo dice:

    Se puede estipular alguna clausula en el contrato de arrendamiento que indique el aumento automatico del canon de arrendamiento de acuerdo al IPC de cada año? Sin tener que realizar notificacion previa de este aumento?
    La renovacion del contrato se realizó en el mes de junio, y al dia de hoy me indica el arrendador que automaticamente se debió haber realizado el ajuste y el incremento de acuerdo al IPC (13.12%), pero nunca me lo notificó, porque en el contrato de arrendamiento está estipulado.

    • 👋🏽 Hola, Andrés. Sí, el contrato se basa en las intenciones de las partes que aceptan. Entre ellas se encuentra contemplado el aumento del cánon de arrendamiento al cumplirse la vigencia conforme al IPC y esto, al ser una cláusula aceptada por las partes, no requiere notificación previa salvo que así se estipule dentro del contrato. Un saludo.

  6. Deyanith mendoza dice:

    Hola me arrendaron una casa en malas condiones cuando llueve se llena la cocina y tiene humedad toda la casa. Aparte tienen un cuarto guardando sus trastes y tiene mucha rata. El patio esta inseguro ya que no hay nada q divida de la otra casa. Puede cancelar un contrato. Ya que hija por la humedad esta perjudicada gracias.

    • 👋🏽 Hola, Deya. Las causales para finalizar un contrato de arrendamiento están contempladas en la Ley 829 de 2003, te invitamos a revisar la norma en su totalidad. Además, te aconsejamos conversar con tu arrendador y comentarle el caso particular, de esta forma, puedes solicitar la terminación del contrato con el objetivo de tener una mejor calidad de vida. Este artículo también te puede interesar: Deberes y derechos de los arrendatarios ¡Un saludo!

  7. Katerine dice:

    Hola tengo una duda la agencia q me tiene arrendada le brindo información del contrato que yo
    Tengo con ellos a terceras personas eso es una causal de terminación de contrato

    • Hola Kathe, gracias por dejarnos tu comentario. 💙 Es importante validar el contrato de arrendamiento y la cláusula de habeas data frente al manejo de la información, pues ahí se establece el manejo que se autoriza por parte del arrendatario al arrendador.

      Además, te compartimos el artículo 24 de la ley 820 de 2003, en donde encuentras las causales para que el arrendatario pueda pedir unilateralmente la terminación del contrato:

      1. La suspensión de la prestación de los servicios públicos al inmueble, por acción premeditada del arrendador o porque incurra en mora en pagos que estuvieren a su cargo.

      2. La incursión reiterada del arrendador en procederes que afecten gravemente el disfrute cabal por el arrendatario del inmueble arrendado, debidamente comprobada ante la autoridad policiva.

      3. El desconocimiento por parte del arrendador de derechos reconocidos al arrendatario por la Ley o contractualmente.(…).

      ¡Saludos!

  8. Pablo dice:

    Hola, buenas tardes!
    Hace dos años la alquilo el departamento a la misma persona y los ultimos dos meses no ha pagado el alquiler y no tiene buena predisposición a hacerlo. Entiendo que este causal es el primero para poder terminar el contrato de forma unilateral. Como debo hacer para ejectuarlo? como deberia comunicarselo?
    Gracias!
    Pablo.

    • Hola, Pablo. ¡Gracias por escribirnos! Para dar por terminado el contrato de arrendamiento, te debes comunicar a través del servicio postal autorizado con el arrendatario o con su representante legal, indicando la fecha para la terminación del contrato el cual se genera por la no cancelación por parte del arrendatario de las rentas (canon de arrendamiento). Ciencuadras, cuadra todo. 💙

  9. Daniela dice:

    Hola buen día,soy cabeza de un contrato de arrendamiento con inmobiliaria por 1 año el cual se vence en abril 2024,y tengo una codeudora, últimamente eh tenido muchos inconvenientes con los compañeros que vivo y la señora de la inmobiliaria ya que hay demasiados inconvenientes con los supervisores de vigilancia, los habitantes de el conjunto y la administración ya que tienen mucho en contra de los compañeros con los que vivo y la señora de la inmobiliaria me llama en repetidas ocasiones a decirme que va a cancelar el contrato porque mis compañeros causan muchos líos, pero cuando le digo que si que esta bien que yo hablo con mis compañeros para Ir buscando otro lado e irnos al finalizar mes se retracta y empieza a pedir disculpas y dice que va a indagar el caso, siempre hace lo mismo nosotros no incumplimos con los pagos de el arriendo ni servicios. Y mantenemos todo al día, se dañaron algunas cosas y tampoco a ido a realizar el arreglo siempre pone alguna condición que no tiene nada que ver para realizar el arreglo. En estos momentos queremos irnos ya que es molesto los inconvenientes con la inmobiliaria y con la administración y vigilancia de el conjunto. Pero la señora nos esta obligando a pagar el canon de arrendamiento hasta el mes de abril. Me molesta mucho porque no puedo estar estable por las llamadas de ella y luego contradiciendo lo que dice.. Que puedo hacer en este caso?

    • Hola, Dani. Gracias por dejarnos tu comentario. 💙 Según la normatividad vigente, para dar por terminado el contrato de arrendamiento de forma unilateral se debe pagar lo concerniente a la multa, que es de 3 cánones de arrendamiento. A menos que el motivo de finalización corresponda a alguna de las causales contempladas en la Ley 829 de 2003. Esperamos que la situación se resuelva pronto y de la mejor forma para ambas partes. Saludos.

  10. Luisa dice:

    Hola buen día, no puedo pagar más el valor del arriendo por que estoy sin trabajo estable, el término del contrato es hasta septiembre 2024, deseo dar por terminado el contrato, qué debo hacer? Gracias

    • Hola, Luisa. ¡Gracias por escribirnos! De acuerdo con la normatividad vigente, puedes terminar de forma unilateral el contrato pagando una penalidad de 3 meses de arriendo. Para que no sea necesario cancelar ningún valor, debes notificar al propietario la no continuidad 3 meses antes de la renovación automática del contrato. No obstante, nuestra recomendación es que converses con tu arrendador para que puedan llegar a un acuerdo, considerando la situación que nos cuentas. Un abrazo. 💙

  11. ALEJANDRO ZABALA dice:

    Hola, mi nombre es Alejandro.
    REsido en un apartamento cuya fecha de prorroga aún no se ha cumplido, un vecino me amenazó de muerte e intensionalmente hace ruidos a altas horas de la madrugada, sin contar con el maltrato animal que le perpetra a su mascota. presenté la solicitud de terminación de contato de manera bilateral relacionando la denuncia que interpuse a esta persona. pero aún no me dan respuesta. cómo puedo proteger mi derecho a la vida y al bienestar de mi familia.

  12. manuel dice:

    hola , buenas tardes , una pregunta , tengo unos apartamentos arrendadados en total son 6 y ninguno de los que lo estan viviendo han pagado aproximadamente 2, 3 meses tienen de retraso , como puedo proceder para desalojarlos

  13. Deisy Vargas dice:

    Hola Buen dia, mi consulta es, debo entregar el apartamento por que viajo la inmobiliaria me dice que puede ceder el contrato a otra persona pero el canon sube excesivamente esto es legal que puedo hacer por que la persona interesada lo toma pero le están subiendo terriblemente el valor de pagar 1.200.000 cuota de adm 260.000 quieren modificarlo a 1.500. con la cuota de adm 280.000 esto es legal que puediera hacer.

    • Hola, Deisy. ¡Gracias por tu comentario! Se debe tener en cuenta que al ceder la posición contractual se deben mantener las condiciones inicialmente pactadas en el contrato, en este orden de ideas, el canon de arrendamiento solo puede subir cada vez que se cumpla un año de ejecución y adicional a esto, el monto a subir no puede ser superior al IPC del año inmediatamente anterior. Un abrazo. 💙

  14. María Disney López dice:

    Buenas tardes, mi nombre es María.
    Quiero saber si me pueden pedir la casa por qué tengo 2 cachorros que ladran y la dueña dice que los vecinos se le quejan por que no pueden dormir de día, no firmamos contrato por escrito y después de 11 meses me dicen que es por los cachorros, cuanto tiempo tengo para desocupar y debo pagar el tiempo que este en la vivienda mientras encuentro otro lugar.

    • Hola, María. Gracias por visitarnos. 💙
      El contrato verbal, que tiene igual validez que uno escrito, se puede terminar de forma unilateral sin pagar penalización o pagando.
      Hay excepciones y diferentes causales que te sugerimos consultar en la ley 820 de 2003, como por ejemplo “Problemas de convivencia con la comunidad por parte del arrendatario”. Sin embargo, en términos generales:
      -En el primer caso de no pago, la dueña puede pedirte la casa 3 meses antes de que se renueve el contrato.
      -En el segundo caso, cuando hay penalidad, el contrato se puede acabar en cualquier momento pero se debe indemnizar con 3 cánones de arriendo.
      Por favor, amplía la información:
      🔗 Deberes y derechos del arrendador
      🔗 Deberes y derechos de los arrendatarios
      Saludos.

  15. Miguel dice:

    Hola me llamo Miguel,
    Mi pregunta es que el arrendador me ha pedido la casa y lo hizo bien ya que me lo dijo tres meses antes, ahora bien, yo he encontrado casa pero no me la guardan hasta que me cumpla el contrato, en el momento de la entrega del nuevo alquiler me queda un mes en donde resido ahora.
    ¿La ley me ampara para poder entrar en el nuevo hogar y no pagar el mes que me queda del anterior alquiler?
    Y en el caso de que no me ampare ¿ tengo que dejar la casa obligatoriamente aunque no tenga donde ir?
    Muchas gracias!

    • Hola, Miguel. Gracias por visitarnos. 💙 ¿El arrendador te pidió la casa durante el tiempo de prórroga o 3 meses antes de que finalice la fecha del contrato? En ambos casos tendrías que entregar la vivienda, siempre y cuando se cumpla con lo estipulado en la ley 820 de 2003.

      Sin embargo, según el artículo 22, Terminación por parte del arrendador, numeral 7, si el propietario pide la vivienda en el tiempo de prórroga, tendría que pagar una indemnización equivalente a 3 meses de arriendo al arrendatario:

      “El arrendador podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento.”

  16. Esperanza casique Duarte dice:

    Buen día mi hija arrendó una casa por una arrendadora y al cabo de seis meses cuando llovió se comenzó a levantar la capa de las paredes se levantó la cerámica de uno de los cuartos la puerta principal ya no cierra se abrieron huecos en las paredes y el dueño fue y la miro y dijo que tenía que remodelar y le dijo a mi ya mi hija que podíamos desocupar cuando desearamos sin importar el contrato y la arrendadora quiere cobrarme el tiempo que falta para culminar el contrato yo me mudé pero la inmobiliaria quiere cobrar el tiempo restante para finalizar el contrato que debo hacer por favor me pueden ayudar

  17. Quislayner dice:

    Buenos dias, soy inquilino y tengo problemas con gatos que hacen sus excremento en el techo el olor es insostenible, he hecho todo por alejarlos y paso el tiempo limpiando hasta 3 veces por semana, por esta razón puedo terminar el contrato?

  18. Alejandra Bermúdez dice:

    Buenas noches. En otras palabras cada arrendatario deberá regalar al inquilino 6 meses de arriendo cuando se termine el contrato? Por medio de una Póliza? Que pasa con esa póliza el inquilino la reclama?
    Acaso como propietario de una vivienda y con mi derecho a NO renovar un contrato, y de a hacerlo debo pagar 6 meses por medio de una póliza?

    • Hola, Aleja. Gracias por escribirnos. ¿A qué póliza te refieres? La normatividad vigente establece los motivos por los cuales puedes finalizar el contrato de manera unilateral con indemnización o sin ésta. Te invitamos a conocer el detalle en la Ley 820 de 2003. Saludos 💙

  19. Nelson campuzano dice:

    Buena noche quiero preguntar si se puede tomar como causal de desistimiento que en el conjunto en que vivo en el mismo piso, alquilan dos aptos en renta corta, exponiendo a nuestras familias, el arrendador y la administracion saben de esta practica no legal en el conjunto.

  20. Nelson dice:

    Buenos días, soy arrendatario de un apartamento desde hace tres años y medio y el contrato se vence el 31 de julio de 2.024 y necesito entregarlo a la inmobiliaria por cambio de ciudad, les avisé el 21 de diciembre de 2.023 para entregarlo a partir del mes de enero de 2.024 y pagar una multa de tres meses, no me aceptaron, me obligaron a cumplir el pre aviso hasta el 31 de marzo de 2.024 y aparte de eso me cobran una multa adicional de tres meses más, ayer 31 de marzo no quisieron recibir el apartamento hasta no cancelar la multa.
    En enero me dijeron que podía ceder el apartamento, conseguí tres posibles interesados, estoy pagando 1.700.000 con Admón incluida y les pidieron a 2.200.000 con Admón incluida, un incremento de 500.000, no pude cederlo. Que puedo hacer para entregarlo? Gracias.

    • Hola, Nelson. ¡Gracias por visitarnos! 💙 Conforme lo indica la ley, el arrendatario puede dar por terminado el contrato unilateralmente, con previo aviso de no menor a 3 meses y haciendo el pago de una indemnización de 3 cánones de arriendo. La entrega del inmueble se acuerda entre las partes. Adicionalmente, hay que tener en cuenta que al ceder la posición contractual se deben mantener las condiciones inicialmente pactadas en el contrato, en este orden de ideas, el canon de arrendamiento solo puede subir cada vez que se cumpla un año de ejecución y el monto a subir no puede ser superior al IPC del año inmediatamente anterior. ¡Saludos!

  21. sara diaz dice:

    buenos dias tengo un inconveniente la inmobiliaria me dice que no va a renovar el contrato hace 2 meses me lo indico, pero el arriendo se me vence el 10 de mayo y ya consegui casa me puedo ir sin pagr multa o me toca me pueden ayudar porfa muchas gracias

    • Hola Sara, gracias por visitarnos. Si el contrato finaliza el 10 de mayo de 2024 por solicitud de la inmobiliaria, estás a menos de un mes y probablemente ya estás al día con el canon de arriendo, por lo que no habría inconveniente con que te mudes antes. Como siempre y en cualquier caso, nuestra recomendación principal es dialogar con la inmobiliaria/propietario para llegar a acuerdos. Un abrazo. 💙

  22. erick lobaton dice:

    buenas tardes, arrende un apartamento por inmobiliaria hace 1 mes y medio, resulta que una vez mudados comenzamos a notar que el calor que hace en el apartamento es demasiado fuerte, mi suegra es una señora con falla cardiaca ya que sufrio un infarto hace 3 meses donde perdio un 25 porciento de corazon, desde que nos mudamos su salud se a desmejorado mucho ya que el calor la sofoca y ella se pone mal, le dan mareos se le sube la precion y por las noches no alcanza dormir ya que el calor es verdaderamente insoportable. intente hablar con la inmobiliaria para un reubicacion o alguna opcion y me dicen que debo pagar la sancion de 3 meses de canon, la verdad me parece injusto y voy buscar otros medios legales para abordar el asunto. mi pregunta es, tengo una razon validad para cancelar el contrato y no pagar la sancion?

    • Hola, Erick. Lamentamos la situación que nos comentas y esperamos que se resuelva pronto. ¿Has contemplado la opción de ceder el contrato? También es una posibilidad para evitar el pago de la sanción. Según la normatividad vigente, para que no sea necesaria la indemnización, el motivo de finalización debe corresponder a alguna de las causales contempladas en la Ley 829 de 2003. Un saludo de solidaridad. 💙

Deja un comentario




×

¡Hola!

Haz clic a continuación para recibir asesoría inmobiliaria

× ¿Te interesa comprar vivienda nueva?